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15 de diciembre de 2017

La prisión preventiva en el caso memorándum con Irán

Audio y texto del editorial expresado en el programa "Se Pudrió Todo", emitido por FM 88.7 de San Nicolás de los Arroyos el 14 de diciembre de 2017...


La prisión preventiva en el caso memorándum con Irán

En 1992 hubo un atentado terrorista contra la Embajada de Israel en la República Argentina; 22 muertos y 242 heridos. En 1994 hubo otro atentado terrorista, este fue contra la sede de la AMIA y hubo 86 muertos y más de 300 heridos.

Hace ya 25 años que la investigación se está realizando. Hubo avances, retrocesos, operaciones para desviar las causas con información falsa… Pero ya tenemos varias certezas. Por ejemplo, que Irán y Siria estuvieron involucrados y hasta se sabe los nombres de los instigadores y organizadores internacionales. Todavía no está comprobada la participación de gente y hasta instituciones locales, pero se tienen fundadas sospechas y muchos indicios que apuntan claramente a gente del Poder Ejecutivo Nacional de aquellos días.

El periodista Pepe Eliaschev, en el 2011, publicó una nota que fue impresionante en el diario Perfil: El Poder Ejecutivo Nacional estaba trabajando para realizar un memorándum de entendimiento con el gobierno de Irán.

El Fiscal Alberto Nisman estuvo investigando y apareció asesinado en su departamento un día antes de hacer la denuncia contra el Poder Ejecutivo Nacional en el Congreso de la Nación en enero de 2015.

Todo lo que dijeron ambos, Eliaschev y Nisman, ya fue comprobado. Mal que les pese a muchos, las pruebas están. Y son lapidarias y definitivas.

Por esta causa, el juez Claudio Bonadío dictó la prisión preventiva sobre las personas que están acusadas por realizar negociaciones y firmar un memorándum con el gobierno de Irán para hacer caer las alertas rojas en la Interpol. Esas alertas son las que están distribuidas en todo el mundo con el fin de detener a los iraníes acusados de organizar los atentados en nuestro país.

El kirchnerismo y muchos periodistas y medios, solo se dedicaron a discutir si la prisión preventiva correspondía o no. Es decir, evadieron informar sobre las acusaciones específicas y las pruebas existentes sobre los acusados. Como siempre, desviando la información y embarrando la cancha.
Pero, mis estimados defensores de lo indefendible, hay realidades que no pueden negar y, al parecer, las ignoran o, convenientemente, (y entre comillas) “se las olvidaron”. Por eso, aclararemos el asunto…

La prisión preventiva figura en el código procesal penal. Es decir, es legal. Además, el código procesal penal actual fue resultado de la reformulación hecha por el gobierno de CFK en diciembre del 2014. Y, como pasa muchas veces, fue votado a carpeta cerrada, sin debate y a las apuradas. Claro, después se quejan. El código procesal penal nacional tiene contradicciones, contrasentidos, agrede los derechos y garantías de las personas, avala la restricción del goce de derechos constitucionales sin fundamentos válidos y guarda silencio en cuestiones que debería haberse expedido.

Es decir, los kirchneristas lo hicieron y ahora se quejan porque se aplica.

Ahora, aclararemos lo siguiente... La prisión preventiva se aplica al acusado de un delito mientras se desarrolla una investigación o un juicio en su contra. Sin embargo, tiene carácter excepcional, pues para dictarla es necesario que cada caso cumpla ciertos requisitos porque la CN en sus artículos 18 y 14 no lo contemplan.

La prisión preventiva es justificable si sobre el acusado existe riesgo de que se fugue o entorpezca las investigaciones que se le siguen. Además, la Corte Suprema de Justicia resolvió que otro supuesto para dictarla es la alta probabilidad de que la persona sea culpable. Esto fue aclarado porque algunos juristas se oponían a la prisión preventiva diciendo que no respetaba la presunción de inocencia.

En el fallo, el juez Bonadío dice: CFK montó un plan criminal para dotar de impunidad a los acusados iraníes que volaron la AMIA y que tienen pedido de captura internacional por la Interpol. Y agrega diciendo que los atentados a la Embajada de Israel en 1992 y a la AMIA en 1994 fueron dos actos de guerra. Y ahí relaciona con el artículo 119 de la Constitución Nacional. Ese artículo dice claramente que la traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro. Clarísimo.

Félix Loñ, constitucionalista, apela al artículo 118. El memorándum admite la intromisión de jueces extranjeros que reemplazarán a los que les corresponde juzgar la causa. El proyecto al congreso fue presentado por la Presidente CFK y lo tuvo una semana cada cámara violando el reglamento interno por falta de tiempo para tratarlo.

Es decir, sometió el juzgamiento de un delito cometido en Argentina, en un acto de guerra, a jueces que son del país acusado de tal acto. Por eso es que lo aprobado por el Congreso Nacional fue declarado inconstitucional.

El ex canciller Timerman mintió en muchas cuestiones, por ejemplo, negando que haya habido una reunión en Alepo (ciudad de Siria donde se reunió representantes del gobierno iraní), pero luego se encuentran en la Cancillería los tiquets por lo gastado en un bar de esa ciudad. Timerman y Cristina Fernández mintieron descaradamente al decir que no pidieron la baja de las alertas rojas a la Interpol. Esto ya fue demostrado con la comunicación de la Cancillería de Irán del pasado 4 de noviembre de 2017 en la que dice claramente que Irán y Argentina, en forma conjunta, pidieron en el 2013 la baja de las alertas rojas en Interpol contra los acusados iraníes ya que se había firmado el memorándum de entendimiento.

Es decir, todas las pruebas están y los caraduras defensores de lo indefendible dicen que no hay. Infórmense y dejen de mentir. Y encima de todo, Cristina Fernández tiene el tupé de decir que todo es inventado, que no hay delito, que no es verdad lo que se dice cuando fue ella misma la que envió el memorándum al Congreso para su aprobación.

En el fallo del juez Bonadío se explican detalladamente otras pruebas. Pero parece que en este país es más fácil hablar sin fundamentos y embarrar la cancha que leer 491 páginas analizando lo que determina el juez y por qué lo hace e informarse debidamente.

En lo personal, considero que el gobierno nacional está más enojado que el kirchnerismo por las prisiones preventivas ejecutadas el jueves pasado más el pedido de desafuero a Cristina Fernández. El gobierno necesita a CFK en el congreso para seguir dividiendo al PJ y así tener más posibilidades de realizar acuerdos para la sanción de leyes que necesita para llevar adelante las reformas anunciadas y acordadas con los gobernadores. Además, el Senado no aprobaría el desafuero de CFK porque no llegan a los 2/3 de votos.

El senador Pichetto ya dijo que el bloque del PJ no avalará el desafuero si no hay condena firme. Pero debemos recordar que Pichetto era diputado y jefe del bloque del kirchnerismo cuando se aprobó el acuerdo con Irán y él lo votó. Queda en danza si los que votaron en el Congreso semejante traición a la patria también deberían ser acusados y juzgados.

Y, encima de todo lo expuesto, el gobierno nacional anunció que presentará un proyecto para cambiar la aplicación de las detenciones preventivas o al menos ser más claros en cuándo se pueden utilizar.
Volviendo al memorándum… Es válido preguntarse a cambio de qué Argentina firmó este acuerdo, qué quería a cambio. Según parece, sería a cambio de una ayuda económica de 10.000 millones de dólares más acuerdos de transferencia de tecnología nuclear de parte de Argentina a Irán trianguladas por Venezuela.

Ahora veremos algo de historia respecto del tema de los desafueros...

Cuando CFK era senadora, tuvo una posición respecto del tema que en estos momentos la contradice y ella misma, si fuese coherente, debería votar a favor de su desafuero. Veamos...

En el 2003, siendo presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, promovió la exclusión de Luis Barrionuevo por haber sido señalado como uno de los instigadores de quemar urnas en su provincia en la elección de marzo. Y en el 2005 de Raúl Ochoa por ser acusado de haber ido a votar dos veces en la elección del 14 de octubre de 2001.

En ambos casos, la senadora Cristina Fernández alegó que había que sancionarlos por incurrir en un acto indigno o de inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, según lo establece el artículo 66 de la Constitución Nacional. Entonces, ¿por qué se oponen ahora los defensores de ese personaje?

La denuncia fue realizada. Tanto a Eliaschev como a Nisman los denigraron con epítetos y acusaciones de todo tipo ajenas a la causa. Cosas que son irreproducibles. Con el tiempo y la profundización en las investigaciones se demostró que todo era cierto. Nunca pidieron disculpas los adherentes y difusores de mentiras y descalificaciones. Son así, siempre hicieron lo mismo. En este y en otros casos. Esa gente tiene muy mala actitud respecto de la verdad, la memoria, la justicia, la república y los valores humanos. Es gravísimo que, encima, sean votados por parte de la ciudadanía.


Enlaces que pueden ser de interés...

Comunicado del gobierno de Irán...

Tomado de TN

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